Resumen:
La presente investigación se enfocará en analizar si las normas que regulan la prueba pericial en el proceso penal, en lo concerniente a la oportunidad en que se debe dar traslado del informe contentivo de la base técnica de la peritación a la contraparte, son contrarias al debido proceso probatorio y, por ende, transgreden la Constitución Política de Colombia. De ese modo, este trabajo permitirá evidenciar una problemática de relevancia constitucional, la cual tiene que ver con algunas de las garantías que componen el plexo del debido proceso dentro del proceso penal; así mismo, profundizar en las implicaciones que tiene para la defensa el contenido del artículo 415 de la Ley 906 de 2004.
Los que se propone, en esas condiciones, es investigar el contenido y alcance del debido proceso probatorio en el proceso penal, en su faceta de la contradicción a la luz de los postulados constitucionales y doctrinales, para determinar si el contenido del artículo 415 del Código Procesal Penal se torna inconsistente con tales postulados iusfundamentales.
A partir de lo anterior, como problema de investigación se plantea el siguiente: ¿Vulnera el debido proceso probatorio el artículo 415 del Código de Procedimiento Penal, en lo que refiere a la oportunidad para anunciar y presentar el dictamen pericial por parte de la Fiscalía? Para dar respuesta al anterior interrogante, se señala como objetivo general el establecer si el artículo 415 del Código de Procedimiento Penal vulnera el debido proceso probatorio. Para desarrollar ello, en primer lugar: se procede a delimitar los principios del proceso penal contemporáneo; en segundo lugar, establecer la regulación principios probatorios en Colombia a nivel constitucional, jurisprudencial y legal y; por último, realizar un análisis del descubrimiento en materia pericial del artículo 415 a la luz de los principios probatorios aplicables al proceso penal en Colombia.